Planes sociales | La UIF pidió ampliar la investigación contra el Polo Obrero y sumar el delito de lavado de activos

La Unidad de Información Financiera (UIF) solicitó ampliar el objeto procesal y sumar el delito de lavado de activos en la causa que tiene como procesado al líder del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, y a otros 17 dirigentes piqueteros por una presunta maniobra de extorsión que habría implicado la desviación de fondos públicos destinados a la asistencia social hacia fines partidarios. Para el organismo que conduce Ignacio Yacobucci, el delito de administración fraudulenta abarca solo un “tramo” de la maniobra delictiva que es investigada por la Justicia.

“Con la presentación de las rendiciones de cuentas con gastos simulados se configuró la maniobra de defraudación al Estado. No obstante, a diferencia de lo sostenido por V.S. [en alusión al juez federal Sebastián Casanello], entendemos que algunos de los actos que siguieron con posterioridad no constituyen la continuación de la defraudación; sino el comienzo de ejecución del delito de lavado de activos”, indicó la presentación del organismo antilavado.

Eduardo Belliboni durante la semana, en la marcha universitaria al CongresoHernán Zenteno

En mayo, el juez Casanello dio por probado que la Asociación Civil Polo Obrero y la Cooperativa El Resplandor Ltda. desviaron parte de los fondos que recibieron en el marco del extinto Potenciar Trabajo. En total, suscribieron cinco convenios con la Secretaría de Economía Social que conducía el líder del Movimiento Evita, Emilio Pérsico, por un total de $361.087.500.

A través de la utilización de facturas truchas, una porción de estos recursos que tenían por fin fomentar actividades socio-formativas y productivas fue destinado, según el juez de primera instancia, a financiar actividad partidaria. Sin embargo para la UIF, que tiene su primera intervención como querellante en la causa, la maniobra excede la actual tipificación.

Ignacio Yacobucci, titular de la Unidad de Información Financiera (UIF)EleazarCR

“Entendemos que la maniobra investigada no constituye en su totalidad una administración fraudulenta en perjuicio del Estado nacional, sino que solo un tramo de los hechos debe ser calificada en estos términos y a la vez ser considerada ilícito precedente de lavado de activos”, sostuvo el escrito presentado por el director de litigios penales, Mariano Abel Ezeyza.

Por ello, el organismo solicitó la declaración indagatoria de quienes administraron las cuentas del Polo Obrero y El resplandor -desde donde se giró el dinero- y de quienes estaban a cargo de las cuentas de Ediciones e Impresiones Rumbos SRL, una de las empresas que tras recibir el dinero habría emitido las facturas para completar la operatoria.

“La mecánica de transferir dinero producto de la defraudación a una empresa ‘pantalla’ trasciende la mera finalidad defraudatoria y da cuenta de una finalidad distinta: la de ocultar el origen de los fondos”, señaló la UIF en su escrito.

A fines de agosto, el fiscal de la Cámara de Apelaciones, José Luis Agüero Iturbe, solicitó agravar las penas contra los piqueteros y juzgarlos por el delito de asociación ilícita, que contempla hasta 10 años de prisión.

Eduardo Belliboni, líder de la organización social Polo Obrero, asiste a una protesta antigubernamental contra la escasez de alimentos en comedores comunitarios (AP Foto/Natacha Pisarenko)Natacha Pisarenko – AP

Para el fiscal, hay muestras de que el presunto mecanismo de extorsión, sobre el cual los líderes piqueteros habrían montado un sistema de premios y castigos para empujar a los beneficiarios del programa a marchar en su favor, demandó un esquema de colaboración más amplio que podría configurar el delito de asociación Ilícita.

“La prueba colectada nos encontramos frente a un grupo de personas que actuaron de manera mancomunada y coordinada con el fin de cometer diferentes delitos. Las distintas acciones desplegadas y reiteradas en el tiempo encuentran subsunción legal en los tipos penales de administración infiel, coacción y extorsión”, señaló el fiscal de Cámara.

Para el fiscal, al procesarlos solo por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, el juez Casanello realizó un “recorte arbitrario” de los hechos, valorados solo de manera “parcial”, según dejó plasmado en el memorial presentado ante los jueces de la Cámara.

LA NACION

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