Paro de subtes: los metrodelegados anunciaron una interrupción rotativa de las seis líneas

A raíz de un conflicto con la empresa concesionaria, los metrodelegados confirmaron un paro de subtes para este miércoles 19 de junio que se dará de forma rotativa en las seis líneas porteñas. Se trata de un reclamo por la suspensión de un trabajador.

Desde la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP), informaron que llevarán adelante»medidas de autodefensa en el subterráneo y premetro como consecuencia de la suspensión de nuestro compañero y miembro del Secretariado Ejecutivo, Claudio Dellecarbonara«.

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Paro de subtes: cómo será la interrupción del servicio

Según explicaron fuentes del sindicato, Dellecarbonara fue suspendido «por liberar molinetes y permitir a los usuarios viajar gratis durante una medida de protesta» que impulsó el sindicato en los últimos días como parte de otra protesta en el marco de la suba del pasaje.

En tal sentido, AGTSyP confirmó que el servicio se interrumpirá de la siguiente forma este miércoles:

  • Líneas B, E y Premetro: de 17 a 19 hs
  • Líneas D y H: de 19 a 21 hs.
  • Líneas A y C: de 21 hs al cierre.

El paro de subtes no perjudicará a los usuarios que viajen por la mañana y mediodía. Sin embargo, aquellos que se deban trasladar entre las 17 las 00 hs tendrán que planificar su viaje en función de los cortes programados por la organización sindical.

Por otra parte, los delegados le exigieron a Emova, la firma que explota el servicio, que «deje de perseguir a los trabajadores por ejercer sus derechos como indica la Constitución«. «Lamentamos las molestas que estas medidas puedan ocasionar a los usuarios», cierra el comunicado rubricado por el secretario General, Roberto Pianelli, y el secretario Adjunto, Néstor Segovia.

La raíz del conflicto que derivó en el paro de subtes

Cabe destacar que la entidad gremial había anticipado la medida de fuerza la semana pasada al declararse en »estado de alerta» debido a la »injustificada sanción a un directivo de nuestro sindicato». La compañía sancionó a Claudio Dellecarbonara por liberar los molinetes en 2021.

Subtes

«Las trabajadoras y los trabajadores del Subte y Premetro recurrimos muchas veces a esa metodología de reclamo para dar a conocer los diferentes problemas que atravesamos con el objetivo de afectar lo menos posible el servicio y por ende la rutina de los usuarios de la red’’, manifestaron en un escrito.

Siguiendo esa línea argumental, el gremio catalogó la sanción como «disciplinaria es arbitraria, persecutoria» y solicitó a Emova que deponga «su actitud, caso contrario nos veremos obligados a realizar medidas de autodefensa», que finalmente fueron anunciadas este martes.

La réplica de Emova al paro de subtes

Por su parte, la concesionaria del servicio de subtes en la ciudad de Buenos Aires rechazó los argumentos esgrimidos por el sindicato al consignar que la medida es «injustificada» ya que «un fallo de la Justicia del Trabajo hizo lugar a una solicitud de la empresa para aplicar una sanción al directivo de AGTSYP Claudio Dellecarbonara, por llevar adelante acciones indebidas en el marco de su desempeño laboral”.

Y continuaron: “El juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°73 determinó que Emova está en condiciones de suspenderlo por 15 días por impedir el normal desenvolvimiento de la actividad en distintos sectores de trabajo. Los incumplimientos ocurrieron en las estaciones Congreso de Tucumán (D) y Alem (B) en diciembre de 2021, oportunidades en las que mantuvo abierta la puerta de emergencia, alentando a cientos de usuarios a ingresar sin abonar pasaje, generando un perjuicio para la empresa».

«Asimismo, desobedeció reiteradamente los requerimientos del personal jerárquico para que cese la acción, lo que derivó en la sanción aplicada. En este caso se requiere un fallo judicial debido a la tutela gremial con la que cuenta el directivo. La desobediencia reiterada al personal jerárquico implica una violación de sus obligaciones como empleado de la compañía lo que habilita a aplicar sanciones disciplinarias (LCT, art. 67)” , concluyeron.

MFN CP

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