El aguinaldo que corresponde cobrar por pocos meses de trabajo

El aguinaldo es un derecho de los trabajadores en la Argentina. Todos los empleados y empleadas registrados en relación de dependencia deberían percibir el sueldo anual complementario o SAC, incluso si recién comenzaron a trabajar en la empresa que los registra

Se trata de un ingreso importante para muchas familias, que esperan ansiosamente el pago del aguinaldo para saldar deudas o realizar algún gasto extraordinario, como la compra de un electrodoméstico o mueble que necesitan, una salida de vacaciones, etc. Por eso es importante el pago en fecha del SAC ya que el mismo es parte de la planificación regular del gasto del hogar. 

Pero a veces surgen dudas en esa primera etapa en un nuevo empleo, ya que muchas veces las personas ingresan en período de prueba. Eso no influye: de todas maneras, aunque sea su primer salario en la compañía, les corresponde cobrar el aguinaldo, siempre que esté registrado el vínculo laboral en la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES)

Lo que cambia con quienes recién empiezan a trabajar es el monto que cobran de aguinaldo. Se les paga un proporcional del mismo de acuerdo a los meses que hayan cumplido efectivamente con el trabajo. 

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Según la Ley N° 23.041 el aguinaldo debe calcularse sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Esto es así porque el aguinaldo se divide en dos pagos, el primero se abona el junio, mientras que el segundo se cobra en diciembre. Cada uno de los pagos corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador en los 6 meses previos a cada pago.

Para calcular el aguinaldo, se puede aplicar la siguiente fórmula: (el salario / 12) x los meses trabajados.

Esto es así para las personas que están debidamente empleadas en relación de dependencia, así como para los jubilados y pensionados. Todos ellos tienen derecho por ley a cobrar el aguinaldo en la Argentina. 

Quienes son monotributistas, autónomos o se desempeñan de manera informal, no tienen garantizado ni el aguinaldo ni otros beneficios que otorgan las leyes laborales a los trabajadores. Deberán en todo caso conversar con su empleador para que se les reconozca el pago de aguinaldo de alguna forma, pero será un acuerdo entre partes. 

En este punto vale la pena destacar que también en el caso de las empleadas domésticas que están registradas en cualquiera de las categorías del Personal de Casas Particulares, así estén mensualizadas o cobren por hora, corresponde el pago del aguinaldo.

¿Cómo se calcula el aguinaldo por 2 meses de trabajo?

Como mencionamos, el aguinaldo se paga cada 6 meses y es la mitad de la mejor remuneración percibida en ese período específico. 

¿Qué pasa con quienes están trabajando para un mismo empleador pero menos de seis meses? Se les paga un proporcional. 

En el caso específico de quienes están trabajando hace 2 meses, se hace el mismo cálculo de aguinaldo pero por los meses trabajados: (el salario / 12) x 2. 

No importa que el empleado se encuentre aún dentro del período de prueba en el trabajo, aún así corresponde el pago de aguinaldo. El período de prueba al cierre de esta nota sigue siendo de tres meses en un trabajo «en blanco», hasta que se reglamente la conocida Ley de Bases que lo extenderá a 6 meses.

Ahora bien, si una persona quiere calcular a qué monto equivale ese componente de la fórmula del aguinaldo que aparece como «el salario», debe ver en su recibo de sueldo cuál es el monto de la mejor remuneración de los meses que trabajó y separar cuáles son los componentes remunerativos y no remunerativos, ya que estos últimos no se tienen en cuenta en el cálculo de aguinaldo y otros beneficios. 

Los conceptos remunerativos son todos los beneficios monetarios que recibe el trabajador periódicamente. Entre ellos se pueden mencionar principalmente el salario base, pero también las horas extras, bonos, horas nocturnas, comisiones, premios, etc.

Por ejemplo, puede ser que algún gremio negocie que algún aumento de sueldo reciente no se vuelva remunerativo hasta determinado mes, y en ese caso no ingresa en el cálculo del aguinaldo, por más que sea parte del salario. 

Por eso, son siempre los remunerativos:

  • Salario básico
  • Comisiones
  • Viáticos sin comprobante
  • Remuneraciones en especie: casa, habitación y comida
  • Bonificaciones adicionales
  • Propinas habituales y no prohibidas.
  • Bonus o bonos por objetivos cumplidos
  • Salarios por enfermedad accidente profesional
  • Horas extra
  • Vacaciones y plus vacacional

Una persona que trabajó dos meses para un mismo empleador y quiere saber cuánto cobrará de aguinaldo deberá sumar todos esos ítems que haya percibido en la mejor remuneración de esos dos meses, dividir el resultado por 12 y luego multiplicarlo por dos (que son los meses trabajados). Así obtendrá el proporcional de aguinaldo que le corresponderá cobrar en junio o diciembre. 

Otra forma sencilla de hacer un cálculo aproximado será tomar el 33,3% como el proporcional -representando 2 meses de los 6 que debe reflejar el aguinaldo- y calcular sobre la mitad del mejor sueldo cuál sería ese porcentaje. Esa mitad del salario se obtiene también tomando solo y exclusivamente los componentes remunerativos cobrados. 

¿Cuál es el límite para pagar el aguinaldo?

La fecha límite que los empleadores tienen para abonar el sueldo anual complementario es el 30 de junio y el 18 de diciembre según corresponda. 

Esas fechas límites son válidas para pagar el aguinaldo a todos los empleados registrados, incluso a los que hace solo pocos meses se registró en relación de dependencia. 

Pero vale la pena advertir que los empleadores tienen cuatro días hábiles de gracia para cumplir con esas fechas límites sin que se pueda hacer ningún reclamo o les corresponda ninguna sanción o multa por no haber pagado el aguinaldo en fecha. 

Es decir que los empleados y empleadas registradas en relación de dependencia desde hace dos meses también tendrán derecho a percibir su aguinaldo en las fechas correspondientes, y el monto que cobrarán será un proporcional acorde al tiempo que vienen prestando tareas para esa compañía. 

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